El 24 de abril de 2026 marca el cierre del período de comentarios públicos sobre una propuesta del Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés) y el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (Uscis, por sus siglas en inglés) para reformar los permisos de trabajo (EAD, por sus siglas en inglés) vinculados al asilo en el país norteamericano. Si avanza tras esta etapa y se convierte en norma definitiva, introduciría cambios en los plazos, requisitos y condiciones para obtener o renovar estas autorizaciones.

La propuesta redefiniría el esquema actual de espera si supera la etapa de comentarios públicos y se aprueba como norma definitiva.

En el sistema vigente, los solicitantes de asilo pueden pedir la autorización tras 150 días y obtenerla a partir de los 180 días.

El DHS propone reemplazar ese modelo por un único plazo fijo. Según el documento, propondría que los postulantes solo puedan pedir el aval después de 365 días desde la presentación.

La iniciativa eliminaría el sistema de cálculo con interrupciones y reinicios, y establecería un conteo lineal desde la fecha de recepción del pedido. El organismo sostiene que el esquema actual resulta “complicado y excesivamente oneroso” porque exige calcular dos plazos distintos. A su vez, este modelo requiere registrar detenciones y reanudaciones del conteo según las demoras de cada caso.

El cambio también modificaría los tiempos de respuesta. La propuesta extendería el plazo de procesamiento inicial de 30 a 180 días para los trámites de autorización de empleo presentados bajo esta categoría.

La combinación de ambos ajustes implicaría una espera más prolongada. El documento señala que, con el nuevo esquema, el tiempo total podría alcanzar 545 días entre la solicitud de asilo y la obtención de la habilitación para trabajar.

El proyecto incorporaría condiciones adicionales para acceder al EAD. Entre los principales cambios, establece que:

Además, el DHS propone que las peticiones incompletas no conserven fecha de presentación si son rechazadas, lo que impactaría en el cómputo de los plazos.

La normativa introduce un cambio central en la forma en que se define el vencimiento del permiso de trabajo: deja de depender exclusivamente de la fecha impresa en la tarjeta y pasa a estar atado al estado del caso de asilo.

Según el texto, la autorización puede terminar de manera anticipada si la solicitud de asilo es rechazada. En ese escenario:

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